El cantante guatemalteco, Ricardo Arjona, ganó un juicio en contra de la compañía japonesa, Toyota, tras imponer una demanda por el uso alterado de su música para una campaña publicitaría.
En la campaña del “Toyothahon” lanzada en 2014 la compañía automotriz uso la música de la canción Jesús es verbo, no sustantivo, sin autorización del compositor, quien presentó una demanda que en primera instancia no procedió.
Pero tras una apelación del cantante, la denuncia fue atraída la primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo determinó el fallo a favor de Ricardo Arjona.
Aunque la petición del cantante en el momento en el que sus abogados impusieron la denuncia era una indemnización por el 40% de las ganancias obtenidas por la empresa japonesa, esto no será así.
De acuerdo con lo estipulado por el juez será el Tribunal Unitario de origen el que establezca el monto de la reparación del daño basándose en un peritaje.
La resolución se basa en que no se puede comprobar que las ganancias obtenidas por Toyota en el periodo de octubre a diciembre de ese año hayan sido producto directo del comercial en el que se utiliza la música de esa canción.
Y la Ley Federal del Derecho de Autor establece, en el segundo párrafo del artículo 216, que cuando no sea posible establecer el precio de venta o prestación del servicio original, la cuantificación de la indemnización por daños y perjuicios por violación a los derechos de autor, la decretará el juzgador con audiencia de peritos.
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